miércoles, 21 de noviembre de 2012

Uno de cada tres españoles encontró empleo a través de las redes sociales


Uno de cada tres españoles encontró empleo a través de las redes sociales

Redes-socialesEl 34 por ciento de los españoles ha conseguido su actual puesto de trabajo a través de las redes sociales y profesionales, según una encuesta a 213 profesionales del grupo especializado en asesoramiento en selección de personal PageGroup, tendencia que de acuerdo con los resultados del sondeo "seguirá incrementándose" con el devenir del tiempo.
PageGruop considera que estos datos revelan que la publicación de las ofertas de empleo en redes sociales incrementan su difusión, alcanzado un mayor número de candidatos. Por el contrario, un 66 por ciento de españoles declara haber conseguido su actual empleo a través de los canales de selección tradicionales.
El director ejecutivo de Michel Page, Juan Diego Casas, ha comentado que las redes sociales profesionales se han convertido "en un excelente complemento" para conseguir llegar a un número mayor de candidatos y ofrecer "los mejores profesionales" a las empresas.
  • Vía: Europa Press

martes, 20 de noviembre de 2012

Qué es Creative Commons

CREATIVE COMMONS - herramienta para la distribucion de contenidos e impulso y consolidación de las comunidades 2.0, inspirada en la licencia GPL (General Public License) de la Free Software Foundation. 

La idea es que el usuario es libre de copiar, distribuir o modificar una obra, incluso hacer uso comercial pero es obligatorio hacer referencia del autor. Es decir, posibilitar un modelo legal de licencias, ayudado de aplicaciones informáticas que faciliten la distribución y uso de contenidos para el dominio público.

La organización sin ánimo de lucro fué creada en el 2001 por Lawrence Lessig, profesor de derecho en la Universidad de Stanford y autor de importantes textos sobre ley del ciberespacio. Si quieres conocerla mejor puedes visitar su web.

Si en el sistema tradicional del derecho de autor es “Todos los derechos reservados”, para las licencias CC es “Algunos derechos reservados”. 

Si en el sistema del derecho de autor el principio es que toda utilización de una obra debe tener un permiso expreso del titular de los derechos de autor, para las licencias CC el principio es el de la libertad creativa. 

Este sistema no está pensado como un enemigo del derecho de autor. Al contrario, se complementa con éste. Estamos conscientes de la importancia del derecho de autor en nuestra cultura.

Creative Commons proporciona un sistema que automatiza la búsqueda de contenidos “comunes” o bajo licencia CC.  Así, al licenciar su obra, el creador establece condiciones generales que quedan incorporadas digitalmente a la obra, de manera que un motor de búsqueda puede identificarlas y escoger la que más le convenga.  

Para recoger las licencias previamente hay una serrie de condiciones:

1. Attribution (Reconocimiento) - en cualquier explotación de la obra autorizda por la licencia hará falta reconocer la autoría.

2. Non comercial ( No comercial) - la explotación de la obra queda limitada a usos no comerciales.

3. No derivate works (Sin obras derivadas) - la autorización para explotar la obra no inluye la transformación para crear una obra derivada.

4. Share alike - Compartir igual - la explotación autorizada incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la msima licencia al ser divulgadas.

A partir de estas condiciones actualmente existen 6 tipos de licencia (reconocimiento) CC:

1. BY - se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, y la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.

2. BY - NC (no comercial)-  se permite la generación de obras derivadas siempre que no se hag un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.

3. BY - NC-SA (no comercial-compartir igual) - no se permite el uso comercial de la obra original, ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

4. BY-NC-ND (no comercial - sin obra derivada) - No se permite uso comercial del original, ni la generación de obras derivadas.

5. BY - SA (compartir igual) - se permite el uso comercial de la obra y posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

6. BT - ND (sin obra derivada)  - se permite el uso comercial de la obra, no la generación de obras derivadas

El proyecto CC España - se inicia en 2003.  La Universidad de Barcelona decide buscar un sistema para publicar material docente siguiendo el ejemplo del Massachusets Institute of Technology. Se decide optar por el sistema de licencias de CC y se establece un acuerdo de trabajo por el cual la UB lideraría el proyecto de adaptación de las licencias al Estado Español. Desde el 1 de octubre de 2004, las licencias de CC adaptadas a la legislación sobre propiedad intelectual del Estado Español están disponibles.